Recibo de alquiler: modelo gratis para rellenar e imprimir

Rellena el formulario y el recibo de pago se actualiza al momento: imprímelo o guárdalo en PDF. Renta y gastos desglosados como exige la ley, mensualidad, forma de pago y firma. Para la vivienda, sin IVA. Gratis, sin registro, y ningún dato sale de tu navegador.

Rellena los datos

En la ventana de impresión elige «Guardar como PDF» como destino. Ningún dato se envía a un servidor: todo queda en tu navegador. Entrega el recibo en dos copias, una para cada parte.

El alquiler de vivienda no lleva IVA

El arrendamiento de vivienda habitual está exento de IVA (art. 20 de la Ley 37/1992), así que el recibo no incluye IVA ni retención de IRPF entre particulares. Distinto es el alquiler de un local o uso distinto de vivienda: en ese caso se emite factura con IVA (21 %) y, si el inquilino es empresario o profesional, con retención de IRPF.

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Recibo de alquiler

Mensualidad: julio de 2026

D./Dña. ____________, como arrendador de la vivienda sita en ____________, declara haber recibido de ____________ la cantidad de 0,00 € en concepto de renta y gastos correspondientes a la mensualidad de julio de 2026, sirviendo el presente como recibo y carta de pago.

Renta0,00 €
Comunidad / suministros0,00 €
Total0,00 €

Fecha del pago: ____________

Forma de pago: Transferencia bancaria

En ____________, a 30 de julio de 2026

Firma del arrendador

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Lo que dice la ley

El arrendador debe entregar recibo. El art. 17.4 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (Ley 29/1994) obliga al arrendador a dar recibo del pago, salvo que se haya pactado otro procedimiento que lo acredite. Si no lo entrega, asume los gastos que le suponga al inquilino dejar constancia del pago.

Las partidas van desglosadas. El mismo artículo exige que el recibo refleje por separado la renta y las demás cantidades (comunidad, suministros, IBI repercutido…). El generador ya separa la renta de los otros conceptos.

La vivienda está exenta de IVA. El arrendamiento de vivienda habitual no lleva IVA (art. 20 de la Ley 37/1992), ni retención de IRPF entre particulares. Solo el alquiler de local o para uso distinto de vivienda se factura con IVA (21 %) y, en su caso, con retención.

Fuentes : Ley 29/1994 (LAU), art. 17 · exención de IVA: Ley 37/1992, art. 20.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio dar un recibo de alquiler?

Sí, si el inquilino lo pide. La Ley de Arrendamientos Urbanos (art. 17.4 de la Ley 29/1994) obliga al arrendador a entregar recibo del pago, salvo que se haya pactado otro procedimiento que acredite el pago (por ejemplo, la transferencia bancaria). Si el arrendador no entrega el recibo, corren de su cuenta los gastos que le suponga al inquilino dejar constancia del pago.

¿El recibo de alquiler lleva IVA?

El alquiler de vivienda habitual está exento de IVA (art. 20 de la Ley 37/1992), por lo que el recibo no incluye IVA ni, entre particulares, retención de IRPF. Es distinto el alquiler de un local o de un inmueble para uso distinto de vivienda: ahí se emite factura con IVA (21 %) y, cuando el inquilino es empresario o profesional, con retención de IRPF.

¿Qué debe incluir el recibo de alquiler?

Los datos del arrendador y del inquilino, la identificación de la vivienda, la mensualidad a la que corresponde, el importe recibido con las partidas desglosadas (renta y, en su caso, comunidad o suministros), la fecha y la forma de pago, y el lugar, la fecha y la firma del arrendador. La ley exige precisamente que las distintas partidas aparezcan desglosadas.

¿Por qué hay que desglosar la renta y los gastos?

Porque el art. 17.4 de la LAU lo exige: el recibo debe reflejar por separado qué corresponde a la renta y qué a otras cantidades (comunidad, suministros, IBI repercutido…). El desglose evita confusiones sobre lo que realmente se paga como renta y facilita, por ejemplo, la actualización anual o la justificación fiscal.

¿Cómo hago un recibo de alquiler?

Puedes usar el generador de arriba: rellena los datos, se actualiza en tiempo real y lo imprimes o lo guardas en PDF. Como el pago suele hacerse por transferencia, muchos arrendadores solo emiten recibo cuando el inquilino lo solicita; en ese caso, entrégalo firmado y quédate con una copia.

¿La transferencia bancaria sustituye al recibo?

Puede servir como prueba de pago si así se ha pactado, y de hecho la ley admite «otro procedimiento que acredite el pago». Aun así, el recibo desglosado es más claro —distingue renta y gastos— y sigue siendo obligatorio entregarlo si el inquilino lo pide.

¿Puedo descargar el recibo de alquiler en PDF o Word para rellenar?

Con el generador de arriba no necesitas una plantilla en Word: rellenas el recibo en la propia página y lo guardas en PDF (o lo imprimes) desde la ventana de impresión, eligiendo «Guardar como PDF». Así obtienes un recibo de alquiler para rellenar y en PDF, gratis y sin instalar nada.

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Este modelo se ofrece a título orientativo y no constituye asesoramiento legal ni fiscal.